La jefatura de departamento en los centros de adultos debe ser desempeñada por los catedráticos

 

EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN A ANCABA

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia,  de fecha  25 de febrero de 2008, por la que anula el apartado 2.7 de la Orden 4578/2000 del Consejero de Educación de la Comunidad Autónoma de Madrid, con condena en costas a ésta. Como consecuencia de ello la jefatura de departamento en los centros de adultos debe ser desempeñada por los catedráticos de Enseñanza Secundaria.

 La Comunidad Autónoma de Madrid (gobernada por el PP) pretendía que los jefes de departamento fueran designados por el Director discrecionalmente entre todo el profesorado, con independencia de su categoría profesional (maestro, profesor, catedrático).  Con ello se abría la posibilidad de que el jefe de departamento fuese un maestro, bajo cuya dirección estaría el profesor y el catedrático.

Afortunadamente el Tribunal Supremo ha puesto las cosas en su sitio y ha impedido este desvarío.

Sin perjuicio de lo anterior, el Tribunal Supremo ha puesto de manifiesto la falta de pericia de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de Madrid a la hora de interponer el recurso de casación, ya que, en palabras del Tribunal Supremo, “la mera reproducción de lo argumentado en la instancia se reputa inhábil e incompatible con la técnica casacional por una jurisprudencia constante y muy reiterada”. Triste y lamentable.

Marzo 2008

……………………………

Antecedente judicial: Sentencia del Tribumal Superior de Justicia de la Comunitad de Madrid